lunes, 30 de mayo de 2016

Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de Listones, Elásticos, Encajes, Cintas y Etiquetas Tejidas en Telares de Tablas Jacquard o Agujas

LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL PUBLICO EL 30 DE MAYO DE 2016 LO SIGUIENTE:

ACTA levantada el día 26 de abril de 2016, firmada por los representantes obreros y patronales de la Comisión de Ordenación y Estilo del Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo de Listones, Elásticos, Encajes, Cintas y Etiquetas Tejidas en Telares de Tablas Jacquard o Agujas de la República Mexicana, en la que solicitan la publicación del texto íntegro del Contrato Ley.

TRANSITORIAS

CLAUSULA 1a.- TRANSITORIA.- El presente Contrato-Ley es producto de la revisión integral llevada a cabo por los Sectores Obrero y Patronal de la Industria en los términos del Convenio Celebrado por los mismos ante el C. Secretario del Trabajo y Previsión Social el 3 de diciembre de 2015 (publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de diciembre de 2015), y tendrá vigencia por el periodo comprendido del 9 de diciembre de 2015 al 8 de diciembre de 2017.

CLAUSULA 2a.- TRANSITORIA.- Con motivo de la revisión integral de este Contrato-Ley llevada a cabo por los sectores Obrero y Patronal, se aplicó un aumento salarial, a partir del 9 de diciembre de 2015 de 4.2% (cuatro punto dos por ciento) sobre los salarios que venían percibiendo diariamente los trabajadores sindicalizados afectos a esta Rama Industrial, con tope de $391.23 (trescientos noventa y un pesos 23/100 M.N.) diarios, pues los trabajadores que perciban esta cantidad o cualquier otra superior, tendrán un incremento de $15.06 (quince pesos 06/100 M.N.) por trabajador y por jornada legal trabajada. Asimismo las partes se obligan a formular un proyecto para la actualización del Contrato Ley, para ser aprobado por la Convención revisora del mismo, que permita incrementar la productividad para el efecto de reducir los costos laborales, otorgar a los trabajadores remuneraciones acordes a su desempeño y mejorar la competitividad de las empresas sin perjuicio de las prestaciones económicas, sociales que contiene el contrato vigente.

CLAUSULA 3a.- TRANSITORIA.- Las tarifas y salarios consignados en la Tarifa Uniforme para el pago 

de los salarios a los trabajadores de esta Rama Industrial son los vigentes a partir del 9 de diciembre de 

2015 y ya se encuentran elevados, o sea ya contienen todos los aumentos pactados hasta la fecha.


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